Informe: ¿Cuántos deudores hay en Chile?

La morosidad en Chile sigue siendo un tema central en la economía de las familias. Así fue evidenciado en el más reciente informe de Deuda Morosa elaborado por la Universidad San Sebastián y Equifax. De acuerdo a la Facultad de Economía y Gobierno, a fines de septiembre de 2024, se

Cómo actuar ante el acoso telefónico de empresas de cobranza

El acoso telefónico por parte de empresas de cobranza es una realidad que afecta a muchos deudores en Chile. Estas prácticas pueden resultar invasivas y estresantes, impactando la salud mental y emocional de las personas. Es importante conocer los derechos que tienen los deudores y las acciones que pueden tomar

Fue notificado por el Artículo 44: ¿Qué quiere decir?

El Artículo 44 del Código de Procedimiento Civil de Chile regula una forma específica de notificación conocida como notificación subsidiaria o por cédula. ¿Cuándo se aplica este artículo? En situaciones donde la persona que debe ser notificada no ha sido encontrada tras dos intentos de notificación personal en su domicilio

Duración de un embargo judicial

La duración del embargo judicial en Chile es un aspecto crucial en cualquier proceso legal. En este artículo, con la asistencia de Deudas.cl, exploraremos en detalle cuánto tiempo puede durar un embargo judicial en Chile, considerando las etapas del proceso y los factores que influyen en su duración. Inicio del

Notificación ley de quiebras

La ley de quiebras, 20.720, tiene su propio sistema de notificaciones al cual los deudores deben prestar atención. Se trata del Boletín Concursal, que es una plataforma electrónica donde son publicadas esas notificaciones, de acuerdo al artículo 6 de la ley 20.720. Todas las actuaciones que no tengan una forma

Notificación de demanda

La demanda es por lo general, la primera gestión que se realiza contra deudores y siempre debe ser hecha personalmente según el artículo 40 del código de procedimiento civil. El artículo siguiente del mismo código, el número 41, determina también, que la notificación de demanda de los deudores debe cumplir

Artículo 2519 código civil

Art. 2519. La interrupción que obra en favor de uno de varios coacreedores, no aprovecha a los otros, ni la que obra en perjuicio de uno de varios codeudores, perjudica a los otros, a menos que haya solidaridad, y no se haya ésta renunciado en los términos del artículo 1516

Artículo 55 código de procedimiento civil

Art. 55 (58). Aunque no se haya verificado notificación alguna o se haya efectuado en otra forma que la legal, se tendrá por notificada una resolución desde que la parte a quien afecte haga en el juicio cualquiera gestión que suponga conocimiento de dicha resolución, sin haber antes reclamado la

Artículo 54 código de procedimiento civil

Art. 54 (57). Cuando haya de notificarse personalmente o por cédula a personas cuya individualidad o residencia sea difícil determinar, o que por su número dificulten considerablemente la práctica de la diligencia, podrá hacerse la notificación por medio de avisos publicados en los diarios del lugar donde se sigue la

Artículo 79 código de procedimiento civil

Art. 79. Podrá un litigante pedir la rescisión de lo que se haya obrado en el juicio en rebeldía suya, ofreciendo probar que ha estado impedido por fuerza mayor. Este derecho sólo podrá reclamarse dentro de tres días, contados desde que cesó el impedimento y pudo hacerse valer ante el