¿Qué sucede con mis deudas si salgo del país?
Se mantienen y no desaparecen por eso
Se mantienen y no desaparecen por eso
Sí. Si se refiere a las acciones que derivan del mutuo hipotecario, son 3 años.
Sí. Responde de la misma manera que el deudor principal.
Podría. De igual forma, si no hay bienes embargables o se constata por el receptor judicial que el demandado no vive allí, no ocurre el embargo.
No, no hay cárcel por deudas.
Generalmente los de primera necesidad: cama, refrigerador (si hay más de uno, es embargable), microondas, alimentos para la subsistencia de la familia hasta un mes, el sueldo, entre otras cosas. Y otras más según lo indica el artículo 445 del Código de Procedimiento Civil.
Es la retención ordenada por el juez de determinados bienes avaluados pecuniariamente para solventar una deuda exigible en juicio. En otras palabras, es un aprehensión simbólica de algunos bienes del deudor para que no pueda disponer de ellos libremente y con eso se garantice el cumplimiento forzado de una obligación,
Si, la condición de salud del deudor no es una causal para detener las acciones de cobranza
No. La Corte Suprema zanjó la discusión, señalando que el CAE se rige por una ley especial, por lo que queda excluido de la liquidación.
Una vez que termina el procedimiento de liquidación, el saldo insoluto de las deudas informadas y contenidas en la resolución del tribunal, se entienden extinguidas.
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