¿Me pueden meter preso por deudas?

Respuesta: No, en Chile no existe la prisión por deudas. Distinto es el caso por ejemplo de girar un cheque sin fondo o a una cuenta cerrada, lo que configura un delito penal, el cual puede tener pena de cárcel.

Demanda fraudulenta

En algunas ocasiones puede demandarse a una persona por deber cierta cosa o cantidad de dinero de forma fraudulenta, es decir, con la sola intención de perjudicarla. Esta situación podría ser constitutiva de una estafa, delito regulado en los artículos 467 y siguientes del Código Penal. Según el artículo 473

Artículo 113 código procesal penal

Artículo 113.- Requisitos de la querella. Toda querella criminal deberá presentarse por escrito ante el juez de garantía y deberá contener: a) La designación del tribunal ante el cual se entablare; b) El nombre, apellido, profesión u oficio y domicilio del querellante; c) El nombre, apellido, profesión u oficio y

Artículo 108 código procesal penal

Artículo 108.- Concepto. Para los efectos de este Código, se considera víctima al ofendido por el delito. En los delitos cuya consecuencia fuere la muerte del ofendido y en los casos en que éste no pudiere ejercer los derechos que en este Código se le otorgan, se considerará víctima: a)

Artículo 473 código penal

Art. 473.El que defraudare o perjudicare a otro usando de cualquier engaño que no se halle expresado en los artículos anteriores de este párrafo, será castigado con presidio o relegación menores en sus grados mínimos y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales.

Artículo 467 código penal

Artículo 467.- El que defraudare a otro en la sustancia, cantidad o calidad de las cosas que le entregare en virtud de un título obligatorio, será penado: 1.º Con presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de once a quince unidades tributarias mensuales, si la defraudación excediera

Artículo 470 N°1 código penal

ART. 470. Las penas privativas de libertad del art. 467 se aplicarán también: 1.° A los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos o cualquiera otra cosa mueble que hubieren recibido en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de entregarla o

Artículo 469 N°6 código penal

ART. 469. Se impondrá respectivamente el máximum de las penas señaladas en el art. 467: 1.° A los plateros y joyeros que cometieren defraudaciones alterando en su calidad, ley o peso los objetos relativos a su arte o comercio. 2.° A los traficantes que defraudaren usando de pesos o medidas

Embargo cambio de domicilio

  Cuando el receptor hace un listado de bienes corresponde al embargo, y por lo general los bienes no son retirados, quedando el demandado en calidad de depositario provisorio de ellos. Sacarlos del lugar sin autorización judicial o cambiarlos por otros constituye un delito que puede tener consecuencias penales para

¿Me puede embargar una clínica?

R: Sí, al igual que cualquier otro acreedor y dependiendo del documento entregado (cheque, pagaré, letra, etc.) una clínica pueda perfectamente solicitar embargo sobre mis bienes por una deuda que tenga con esa institución.